Codificación de Comerciales
MIS LTDA presta el servicio de codificación de comerciales a anunciantes y agencias de publicidad, que consiste en la revisión formal de la publicidad antes de ser emitida por CARACOL TELEVISIÓN y RCN TELEVISIÓN.
El estudio comprende la verificación de los documentos y créditos que deben encontrarse en cada comercial de conformidad con la normatividad legal vigente, junto con la revisión de los parámetros técnicos definidos por los canales. El proceso finaliza con la asignación de un código alfanumérico, que identifica cada pieza publicitaria para su posterior emisión en los canales nacionales privados.
- Teniendo en consideración que MIS Ltda debe gestionar procesos administrativos, técnicos y jurídicos, para revisar el material atentamente se solicita al Usuario verificar previamente que el comercial y los documentos cumplan a cabalidad con los requisitos exigidos, con el fin de evitar dos o más envíos.
- Se solicita al Usuario escanear todo los documentos relacionados con un comercial, en un solo archivo PDF.
- En casos excepcionales, se recibirá la documentación adicional o faltante de cada comercial, a través de otros medios diferentes a la página web.
Para codificar su comercial, debe presentar:
- Material transferido por Internet en formato HD.
- Formato de codificación completamente diligenciado y firmado por cada comercial.
- Consignación por el valor de la(s) codificación(es).
- Certificación de música, sonorización o derechos de autor.
- RUT de empresa anunciante y agencia actualizado, si codifica por primera vez.
- Declaración para anunciantes firmada por el representante legal (principal o suplente) y autenticada ante notario público, si codifica por primera vez.
- Certificado de existencia y representación legal del Anunciante, con vigencia no mayor a 30 días, si codifica por primera vez.
- Documentos adicionales de acuerdo al contenido del comercial, tales como, aprobaciones de INVIMA, COLJUEGOS, entidades gubernamentales, etc.
Nota:
La declaración para anunciantes y el certificado de existencia y representación deben ser radicados en las instalaciones de Medios y Servicios Integrados previamente a codificar por primera vez.
El cliente deberá diligenciar uno de los siguientes formatos de acuerdo con la naturaleza del bien o producto ofrecido, donde consignará la información básica del comercial a codificar, del anunciante, de la agencia y mediante el que se responsabiliza por la información contenida en la pieza publicitaria remitida.
- Formato de Codificación Comercial Regular.
- Formato de Codificación Bebidas Alcohólicas.
- Formato de Codificación Código Cívico.
- Formato de Codificación Mensajes Institucionales.
- Formato de Ampliación de Vigencia.
Nota 1:
Los formatos de Codificación Divulgación Política y de Codificación Propaganda Electoral se debe solicitar en todas las ocasiones considerando que cada año y para cada elección se modifican.
Nota 2:
Si el cliente remite su comercial por Internet, tiene la posibilidad de adjuntar los documentos en PDF o diligenciar el formato en línea y subir la firma escaneada.
Recaudo
La facturación seguirá a cargo de la sociedad MEDIOS Y SERVICIOS INTEGRADOS – MIS LTDA. NIT. 830.051.573-8.
Plazo: Para las agencias de publicidad, codificadores y anunciantes que tengan crédito, la facturación deberá ser cancelada a los quince (15) días calendario de haber sido recibida la factura. Para aquellos que no tengan crédito, el pago deberá hacerse de contado y anexar el comprobante de consignación al formato de codificación.
Para facilitar el pago de la facturación contamos con la cuenta corriente No. 20965728523 de Bancolombia y la cuenta de ahorros No. 69994620967 de Bancolombia, donde se podrán realizar las consignaciones o transferencias electrónicas. El formato de codificación establecido se asimila a una orden de servicios para efectos de facturación.
Se debe presentar el documento que certifique la sonorización, producción y/o postproducción de cada comercial objeto de codificación, debidamente firmado. Si la pieza publicitaria contiene imágenes, logos, marcas, música y/o sonido propiedad de un tercero, protegidos por derechos de propiedad intelectual, se debe presentar una certificación de derechos de autor, mediante la que acredite la autorización o cancelación de los derechos correspondientes para utilizar dichas imágenes o sonidos. Para tal efecto, se puede utilizar el formato de Derechos de Autor adjunto (Derechos de autor.).
De acuerdo con su naturaleza jurídica, el Anunciante del comercial debe suscribir y autenticar ante notario público y por única vez, alguna de las siguientes declaraciones, en las cuales se manifiesta la verificación y cumplimiento de la normatividad que regula la publicidad de los bienes, productos y servicios ofrecidos en sus respectivos comerciales. En el caso de personas jurídicas, la declaración debe ser firmada por el representante legal o suplente, o por el apoderado general o especial, debidamente facultado para tal fin, y en tal caso debe aportar copia del poder debidamente otorgado.
Declaración para anunciantes:
- Cooperativas
- Empresa Unipersonal
- Entidad sin Animo de Lucro
- Establecimiento Comercial
- Persona Natural
- Sociedades
Nota:
Las declaraciones de “Divulgación Política” y “Propaganda Electoral” se debe solicitar en todas las ocasiones considerando que cada año y para cada elección se modifican.
Con el fin de unificar criterios, respecto de la calidad técnica del material que se reciba para codificar a través de Internet en archivos de video digital (Clips); se presentan las siguientes normas:
Definiciones
Calidad de Video | La imagen debe ser brillante, definida y contrastada, salvo que por criterios artísticos y/o creativos sea diferente, en cuyo caso, MIS Ltda se reservará el derecho a solicitar, el documento soporte, que informe la situación. La señal de video, debe estar libre de pixeles perdidos, ruido de cuantificación (distorsión), grano excesivo producido por cadenas de compresión y/o descompresión (artifacts), alteraciones en la secuencia de campos, flash frames, pixelados (defectos visibles como patrones de mosaico), clipping de blancos o negros en zonas extensas, ringing, aliasing, exceso de ruido visible, alteraciones de gamma, compresión de negros (black crushing), etc. |
Calidad de Audio | Debe ser de calidad profesional para emisión Broadcast, con niveles promedio cercanos a -10dBFS, medidos sobre una escala PPM estándar, sin defectos audibles generados por procesamientos o defectos en la señal (zumbido, distorsión, hum, silbidos, estática, saturación, sobremodulación, etc.). Es deseable, que los niveles de locución se mantengan entre -14dBFS / -10dBFS, y que en ningún caso, sean inferiores a -20dBfs. |
Fases | Cuando los canales izquierdo y derecho se suman y convierten a señal monofónica, no debe presentarse cancelación por inversión de fase. |
Canales |
Todo el material que lo requiera, incluirá dos canales de audio dispuestos así: • Mezcla full canal 1 Estéreo (LEFT) • Mezcla full canal 2 Estéreo (RIGHT)
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Códigos de tiempo | Siempre se utilizará compensación de tiempo Drop Frame SMPTE 12M. El Time-Code del inicio del comercial, debe ser 00:00:00:00 y se mantendrá continuo, sin cortes ni alteraciones, durante toda la pieza. |
Closed Caption | En caso que el material incluya subtítulos, debe tenerse en cuenta la norma EIA 608 para contenidos en Definición Estándar (SD). |
Relación de Aspecto |
Entendemos como relación de aspecto (Aspect Ratio), la proporción anchura/altura, de una imagen para su despliegue, visualización, o presentación en pantalla. En este apartado, manejaremos la relación SD 4:3 (1.33:1)
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Formato Contenedor | MXF (Material Exchange Format) |
Codec | IMX30 (30Mbps / CBR) |
Frame | I Frame |
Muestreo | 4:2:2 |
Resolución | 720 Pixeles x 480 Pixeles |
Cantidad de Colores | Millones de colores |
Tasa de Fotogramas | 29.97 Fps |
Relación de Aspecto | 4:3 |
Orden de Campos | Dominancia de cuadro Upper Field First. |
Niveles de Video: |
• Máximo 100 Ires para niveles de Blanco • Mínimo 7.5 Ires para niveles de Negro |
Niveles de Croma: |
• No deben exceder los 37.5 Ires
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Audio |
2 canales • Formato: PCM • Frecuencia de muestreo: 48 KHz • Bit de Muestreo: 24 Bits |
Niveles de Audio | • El nivel máximo permitido, no deberá modular por encima de los -10 dBFS para audio AES/EBU y siempre por encima de -20 dBFS. |
Parámetros de Codificación | Recomendación ITU 601-7 |
Alto Contrastes / Sobreimposiciones / Congelados
Este material, se emite bajo la modalidad de Luma Key y Croma Key
• Luma Key I Croma Key: Para los comerciales de Alto Contraste o Sobreimposiciones que se emitan bajo esta modalidad, deben incluirse ligados al spot, cinco segundos de background full pantalla antes y cinco después de él.
Para la inserción del backing, únicamente podrán utilizarse uno de los ocho colores incluidos en las barras EBU 75%, y este, permanecerá estable (Iuminancia, crominancia, fase, pedestal y jitter), durante todo el comercial.
El material a emitir, podrá tener un máximo del quince por ciento (15%) del tamaño de la pantalla, medido desde los márgenes de la misma. En cualquier caso, no podrán utilizarse dos márgenes de forma simultánea, a pesar de que la suma de los mismos, no exceda el quince por ciento (15%), respetando la relación de aspecto del material original.
Se debe tener en cuenta, que los créditos e infografía incluidos en este formato de comerciales, deben desplegarse dentro del margen de seguridad (80%), con el fin de evitar lecturas parciales o inexistentes al momento de su emisión.
Los comerciales en formato de congelado (Presentación y/o Despedida), deberán traer grabado y perfectamente ligado, un frame del croma del background antes del comercial (aplican las mismas especificaciones de color, citadas en los comerciales de Alto Contraste). La imagen del comercial que aparezca en el último frame del mismo, debe ocupar el cien por ciento (100%) de la pantalla.
Infografía y Créditos
Para material SD en relación de aspecto 4:3, todos los textos del programa deben ubicarse dentro de la zona de seguridad (80%) del centro del cuadro. 576 por 385 píxeles contabilizados de la siguiente forma:
• Desde el pixel 72 contado desde el margen izquierdo hasta el 648 del margen derecho.
• Desde el pixel 47 contado desde el margen superior, hasta el 432 del margen inferior.
Observaciones Generales
Formatos
Únicamente se recibirá material en el códec anteriormente descrito (MXF /IMX 30).
Presentación
La claqueta interna incluirá mínimo, la siguiente información:
• Nombre del comercial
• Referencia
• Duración
• Audio (Tipo)
Cada archivo (file), solo incluirá un clip de video y un solo corte.
Nomenclatura de los Archivos
El nombre del comercial que aparece en el formato de codificación, claqueta interna y archivo digital de video, debe ser el mismo.
El nombre del archivo incluirá únicamente letras mayúsculas, no presentará espacios en blanco, y se utilizará guión bajo "_" para separar las palabras.
Al final del nombre, se incluirán las siglas guión bajo SD en mayúsculas (_SD),
Ejemplo:
• PRUEBA_CCNP_SD
No podrán incluirse tildes, caracteres con acento o especiales; como por ejemplo ¿?/$%#&"(), etc.
El número máximo de caracteres para la identificación del archivo, será de sesenta (60).
De la correcta identificación del archivo, depende la codificación del mismo.
Orden de Presentación
El orden del Clip, deber ser el siguiente:
• Tres (3") segundos de Claqueta
• Dos (2") segundos de Negro
• Comercial
• Un (1") segundo de negro
Nota
Se codificarán materiales siempre en múltiplos de cinco (5’’) segundos, con un margen de más/menos cinco (5fps) fotogramas.
Únicamente se codificarán aquellos comerciales que cumplan a cabalidad con los parámetros técnicos expuestos en el presente documento.
Se deberá tener en cuenta las especificaciones técnicas para comerciales en formato SD indicadas mediante Circular 037 de agosto de 2013 y los siguientes parámetros.
Nomenclatura del archivo digital
El archivo digital que contiene el comercial en HD, debe denominarse con el nombre y referencia del comercial, incluyendo al final las siglas guion bajo HD en mayúscula, seguido del número 43 ó 169 (_HD43 o _HD169), dependiendo del formato que elija para emitir su comercial HD en el canal de tecnología analógica.
A continuación se presenta un ejemplo sobre la nomenclatura del archivo digital que contiene el comercial en HD y el que contiene los documentos que lo acompañan:
- MEDIOS_Y_SERVICIOS_CONSORCIO_HD43
- MEDIOS_Y_SERVICIOS_ CONSORCIO _HD169
Closed Caption
En caso que el material incluya subtítulos, debe tenerse en cuenta la norma EIA 608 para contenidos en Definición Estándar (SD) y EIA708, para Alta Definición (HD).
- HD 16:9 Esta relación de aspecto, es utilizada para material de Alta Definición en resoluciones nativas de 1920x1080 pixeles. La emisión del mismo en televisión digital (TDT – 16:9), ocupara el 100% de la pantalla.
Formato Contenedor: |
MXF (Material Exchange Format) |
Codec | XD CAM HD422 (50Mbps / CBR) |
Frame | Long GOP |
Muestreo | 4:2:2 |
Resolución | 1920 Pixeles x 1080 Líneas |
Cantidad de Colores | Millones de colores |
Tasa de Fotogramas | 29.97i Fps |
Relación de Aspecto | 16:9 |
Orden de Campos | Dominancia de cuadro Upper Field First |
Niveles de video |
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Niveles de Croma: |
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Audio |
2 canales
Bit de Muestreo: 24 Bits |
Niveles de Audio |
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Parámetros de Codificación | Recomendación ITU 709-5 HD |
Alto Contrastes en Alta Definición (HD)
Este material se emite bajo la modalidad de Luma Key o Croma Key, y se codificará manteniendo las mismas especificaciones técnicas de audio, video, identificación y envío existentes para la recepción de comerciales regulares en HD, las cuales se encuentran señaladas en la Circular 040 de 2014.
- Comerciales de Alto Contraste
Para los comerciales de Alto Contraste o Sobreimposiciones, siempre deben incluirse ligados al spot, cinco segundos de background full pantalla antes y cinco segundos después de él.
Para la inserción del backing, únicamente podrá utilizarse uno de los ocho colores incluidos en las barras EBU 75%, y este deberá permanecer estable en cuanto a luminancia, crominancia, fase, pedestal y Jitter, durante todo el comercial.
El alto contraste podrá ocupar un máximo del quince por ciento (15%) del tamaño de la pantalla, medido desde los márgenes de la misma. En cualquier caso, no podrán utilizarse dos márgenes de forma simultánea, a pesar de que la suma de los mismos, no exceda el quince por ciento (15%).
Se debe tener en cuenta, que los créditos e infografía incluidos dentro de este material, deben desplegarse dentro del margen de seguridad (80%), con el fin de evitar lecturas parciales o inexistentes al momento de su emisión.
- Comerciales Congelados y Descongelados
Los comerciales tipo congelado y descongelado, deberán traer grabado y perfectamente ligado, un frame del croma del background full pantalla (100%), antes del comercial para los Congelados, o después del mismo para los Descongelados.
Aplican las mismas especificaciones, citadas en los comerciales de Alto Contraste.
Congreso De La República De Colombia
Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo
Ministerio De Telecomunicaciones
Superintendencia De Industria Y Comercio
Superintendencia De Economía Solidaria
Superintendencia De Servicios Públicos
Superintendencia De Subsidio Familiar
Superintendencia De Vigilancia Y Seguridad Privada
Superintendencia Nacional De Salud
Superintendencia De Puertos Y Transporte
Registraduría Nacional Del Estado Civil
Instituto Colombiano Agropecuario
Comisión De Regulación De Comunicaciones
Nota:
La información señalada es enunciativa, por lo tanto, es responsabilidad del anunciante la actualización de la normatividad.
- Por cada comercial el cliente debe remitir diligenciado y firmado un formato de codificación con la información de la pieza publicitaria.
- La información consignada en el formato de codificación y los respectivos documentos soporte de cada comercial, deben coincidir entre ellos y debe ser igual a la relacionada en la claqueta interna del mismo.
- Adicionalmente, en caso de que el comercial sea remitido por Internet, el nombre del archivo digital que contenga el comercial, el nombre del archivo en PDF que contenga el formato de codificación y los documentos de soporte, deberá coincidir entre ellos y ser igual a la claqueta interna de la pieza publicitaria.
Con el fin de facilitar a nuestros clientes el proceso de codificación de comerciales, adaptándolo a las nuevas tecnologías, MIS LTDA ha ajustado los procesos internos y ha realizado las inversiones necesarias, para la recepción de sus piezas publicitarias mediante Internet.

Nota
Los comerciales trasferidos por Internet se recibirán permanentemente. Sin embargo, los archivos digitales de los comerciales y sus respectivos documentos deberán recibirse completamente antes de las 6:00 p.m. hora colombiana del mismo día, en caso contrario, serán codificados el día hábil siguiente.
Registro Usuarios
El cliente deberá remitir al correo electrónico solicitudcomerciales@misltda.com.co, con la solicitud de asignación de usuario y contraseña, junto con el nombre completo, cargo y datos de contacto del funcionario responsable del proceso.
El usuario y contraseña son inmodificables, intransferibles y de exclusiva responsabilidad del cliente.
Las indicaciones de acceso al sistema y procedimiento para la transferencia de comerciales por Internet, se remitirán en el correo electrónico mediante el que se asigne usuario y contraseña o se podrán consultar en el siguiente tema "Ingreso Usuarios", explicado a continuación:
Ingreso Usuarios
- Ingresar a la página web de www.misltda.co para transferir el comercial.
- Digitar el usuario y la contraseña asignados, para poder conectarse.
- Aceptar los términos y condiciones, con el fin de acceder al sistema de transferencia de comerciales por Internet.
Nota
Una vez conectado al sistema, debe descargar por una sola ocasión el plug-in del software de transferencia de comerciales.
Transferencia del archivo digital de video y de los documentos soporte
- Cada archivo digital de video que transfiera el cliente, debe contener un solo comercial.
- Previamente a la transferencia del comercial, el cliente debe verificar que el mismo cumpla las especificaciones técnicas que se detallan en la página web. Adicionalmente, el cliente debe verificar que el nombre, referencia, duración y tipo de audio de la claqueta interna del archivo digital de video, coincidan exactamente con los datos consignados en el formato de codificación y en los documentos de soporte que acompañen a cada pieza publicitaria.
- Verificado lo anterior, el cliente debe transferir el archivo de video digital junto con los documentos correspondientes.
- En caso que los archivos digitales, o su nombre, o la claqueta interna del comercial, o los datos consignados en el formato de codificación no coincidan entre sí, o con los documentos de soporte, o los mismos se encuentren incompletos o incorrectos, el cliente deberá ingresar nuevamente a la página web www.misltda.co y remitir el comercial debidamente corregido y/o enviar nuevamente los documentos de soporte.
Una vez codificado, su comercial se identificará con un código alfanumérico. El código es un conjunto de números, con o sin letras, que identifican las características de un comercial de conformidad con la naturaleza del bien o servicio anunciado.A continuación se explica la identificación:
Clasificación General | Modalidades Técnicas | Número Consecutivo |
RB: Bebidas alcohólicas publicidad indirecta |
PD: Presentación y despedida |
00000000 |
BP: Bebidas alcohólicas publicidad promocional |
CK: Altocontraste |
00000000 |
RA: Publicidad de Adultos |
CG: Congelados |
00000000 |
RP: Publicidad preservativos |
CV: Cívicos |
00000000 |
RI: Publicidad no apta para público infantil |
MI: Mensajes Institucionales |
00000000 |
RL: Publicidad de Líneas calientes |
00000000 | |
PE: Propaganda electoral |
|
Nota 1.
Al de propaganda electoral se le incluyen dos letras con la identificación del partido político, movimiento político, grupo significativo de ciudadanos o candidato.
En caso que en el código no se encuentren letras identificadoras, se tratará de un comercial regular y puede ser emitido en todas las franjas horarias.
Ejemplos con alguna Clasificación y/o modalidad técnica:
RICK1234: Publicidad no apta para público infantil de conformidad con la normatividad vigente y en alto contraste.
CK1234: Comercial en alto contraste.
RBCG1234: Publicidad indirecta de bebidas alcohólicas y comercial en modalidad congelado.
Circulares
- Circular Externa 029 de 2009. Alimentos aprobación Invima.
- Circular Externa 037 de 2013. Sistema Transferencia Comerciales Internet.
- Circular Externa 040 de 2014. Recepción Comerciales en HD
- Circular Externa 041 de 2014. Publicidad niños, niñas y adolescentes. Decreto 975 de 2013.
- Circular Externa 042 de 2014. Publicidad Beneficios Ambientales de Bienes y Servicios
- Circular Externa 042A de 2015. Publicidad niños, niñas y adolescentes. Decreto 975 de 2013.
- Circular Externa 043 de 2015. Formatos Codificación Comerciales
- Circular Externa 045 de 2016 Supresión Betacam
- Circular Externa 046 de 2016 Descongelados y Codificador
- Circular Externa 047 de 2016. Formatos de Codificación, Vigencias y Anulaciones
- Circular Externa 048 de 2016. Altocontrastes y Congelados en HD
- Circular Externa 050 de 2016. Aprobaciones Publicidad Invima
- Circular Externa 052 de 2017. Parámetros Técnicos y Categorías Comerciales
- Circular Externa 054 de 2018. Codificación genera facturación
- Circular Externa 055 de 2018. Publicidad Espectáculos Públicos PULEP
Si su comercial se encuentra codificado, puede solicitar la ampliación de vigencia antes de su vencimiento o máximo dentro del mes siguiente a la fecha de vencimiento del mismo.
Para tal efecto, debe imprimir el Formato de Amplación de Vigencia , y enviarlo al correo electrónico comerciales@ccnp.com.co, o radicarlo en original en nuestras instalaciones, ubicadas en la Carrera 11 A No.93B-51 de Bogotá D.C., previo el pago de las respectivas tarifas.
En todo caso, el cliente debe verificar que la información contenida en el comercial se encuentre vigente.